VISADOS
En el Consulado pueden ser concedidos los siguientes visados:
- Visado de escala.
- Visado de transito.
- Visado de corta duración.
- Visado de estudios.
- Visado de trabajo.
- Visado de residencia.
- Visado de permanencia.
La solicitud debe ser presentada por el interesado en el país de su residencia.
Para la entrada en territorio portugués, los extranjeros deben ser portadores de un documento de viaje en vigor reconocido con una validez superior a la duración de la estancia prevista, de al menos, tres meses.