ACTOS DE REGISTRO CIVIL Y NOTARIALES


1) Registro Civil: Le compete al puesto consular practicar los siguientes actos de registro:

  • De nacimiento ocurrido en el área de jurisdicción del Puesto, cuando se atribuya la nacionalidad portuguesa. Ambos progenitores deberán comparecer personalmente, provistos de los respectivos documentos de identidad y documento comprobativo del nacimiento del menor (certificado de nacimiento local, "Libro de familia" o documento del hospital.)

  • De matrimonio celebrado en el Puesto Consular entre dos portugueses o de un portugués con un extranjero (este último no podrá tener la nacionalidad española). Uno de los contrayentes deberá tener su residencia en el área de jurisdicción del Consulado desde hace más de 30 días.

  • Documentos que se deberán presentar:
    • Certificado del registro de nacimiento de los contrayentes (literal, expedido hace menos de 6 meses)
    • DNI de los contrayentes
    • Prueba de la residencia del contrayente de nacionalidad portuguesa durante los últimos 12 meses.
    • Certificado de capitulaciones matrimoniales, cuando la hubiere.
    • Certificado de capacidad matrimonial del contrayente extranjero, cuando sea el caso.

  • De Transcripción del matrimonio ya celebrado ante una autoridad extranjera de 2 portugueses o de portugués y extranjero.

  • Documentos que se deberán presentar:
    • Sí hubiera habido proceso preliminar de publicación de edictos: certificado de matrimonio local (Literal) Uno de los contrayentes deberá tener la residencia establecida en el área de jurisdicción del Consulado desde hace más de 30 días.
    • En el caso de que no haya habido proceso preliminar de publicación de edictos:

    • - Certificado del registro de nacimiento de los contrayentes (literales, expedido hace menos de 6 meses).
      - DNI de los contrayentes.
      - Certificado de capitulaciones matrimoniales, cuando las hubieres.
      - Certificado de matrimonio local (Literal).

  • De defunción de portugués ocurrida en el área de jurisdicción del puesto

  • Documentos que se deberán presentar:
    • Certificado de defunción local (Literal).
    • Certificado de nacimiento del fallecido o identificación del Registro Civil en el que se encuentra el asiento de nacimiento así como el número y fecha del registro.

  • De declaración de maternidad o de legitimación.

  • Documentos que se deberán presentar:
    • Certificado de nacimiento.
    • DNI del declarante.



2) Notariado: Los Cónsules titulares del Puesto de Carrera son órganos especiales de la función notarial.

Tienen competencia para la práctica de actos notariales (poderes, reconocimientos de firmas, certificaciones, etc.) relativos a portugueses que se encuentren en el extranjero o que deban producir sus efectos en Portugal.



INFORMACIÓN CONSULAR
Actos de registro civil y notariales